Está en: Bancaja Fondos > Ayuda > Preguntas más frecuentes

Ayuda

Preguntas más frecuentes

¿Hay posibilidades de embargar un fondo de inversión?

En principio un Fondo de inversión como todo valor negociable puede ser objeto de embargo por la Agencia Tributaria.

Este embargo deberá cumplir en todo momento los requisitos que establece la legislación, especialmente el Reglamento General de Recaudación.

Estos embargo suelen tener su origen en alguna deuda contraída por el partícipe de Fondos con Hacienda.

Suele ser la Unidad de Recaudación de la correspondiente Agencia Estatal de Administración Tributaria la que remite a la Sociedad Gestora del fondo una Diligencia de embargo. La sociedad gestora cumplirá las indicaciones dadas y normalmente se lo comunicará al participe.

Si hubiera más de un titular se atenderá el embargo, sólo sobre la parte del saldo que corresponda al titular embargado, para lo cual dividirá el saldo en partes iguales entre los titulares.


Nota Legal | Ayuda | Mapa Web

© Bancaja Fondos