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Preguntas más frecuentes

¿Se puede transmitir un fondo de inversión por fallecimiento?

Como cualquier otro valor mobiliario en principio se puede transmitir por fallecimiento del titular.

En principio la operativa es la habitual en estos casos: cuando la sociedad gestora recibe la notificación por los herederos bloquea el fondo hasta que presenten toda la documentación requerida.

Una vez presentada se procederá a la transmisión de las participaciones a los herederos para los que la antigüedad de las participaciones será la correspondiente a la fecha del fallecimiento del titular del fondo.

Los herederos no tributarán por las plusvalías del fondo que se pongan de manifiesto por el fallecimiento.


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